Foto: Comfamiliar Risaralda
Desde la Caja de Compensación de Comfamiliar Risaralda se tiene el objetivo de mejorar la calidad de vida de los usuarios y sus familias, es por ello que para este 2025 y bajo el artículo 8 de Ley 2225 del 30 de junio del 2022, y Resolución 2646 de 2024, se comenzará a implementar el subsidio para cónyuges o compañeros permanentes cuidadores de personas a cargo en condición de discapacidad.
¿Quién puede aplicar al subsidio?
Cónyuge o Compañero Permanente registrado en el grupo familiar del trabajador dependiente con salario inferior a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (S.M.L.M.V), que realicen actividades de cuidado respecto de cualquier persona a cargo en condición de discapacidad del trabajador. Recibirá el valor correspondiente a una cuota de subsidio familiar.
Requisitos:
1. La remuneración mensual fija o variable del trabajador afiliado no supere los dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
2.Tener afiliado(a), el cónyuge o compañero(a) permanente dentro del grupo familiar del trabajador.
3. El cónyuge o compañero(a) permanente del trabajador afiliado, no cuente con vinculación laboral o ingreso alguno.
4. Declaración juramentada – Beneficiario cónyuge cuidador. Formato anexo
5. La persona sujeta de cuidado o asistencia personal deberá estar registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD), en el cual se registrará la información de los cuidadores o asistentes personales de las personas en condición de discapacidad.
6. El cuidador o asistente personal debe acreditar la mayoría de edad mediante la presentación de su documento de identidad.
Fuente: boletín prensa Comfamiliar Risaralda